Notas

La ley de Fomento y Protección del Artista Folclórico y Popular Sanluiseño ¿mejora las oportunidades de los artistas locales?

Opiniones de artistas de Merlo y la zona

30/10/2026 - 18:27 hs.

La recientemente promulgada Ley N.º II-1218-2026,  de “Fomento y Protección del Artista Folclórico y Popular Sanluiseño”, votada por unanimidad en las dos cámaras del legislativo  provincial busca, según su texto, fortalecer la participación de artistas locales en los eventos y fiestas provinciales organizados o auspiciados por el estado.

Preguntamos a los artistas locales acerca de su opinión sobre el contenido de la ley  y las posibilidades de que su existencia realmente mejore su situación en los diferentes escenarios.

Los artistas consultados coinciden en que se trata de una iniciativa favorable pero opinan que los beneficios dependerán de su forma de aplicación. Respuestas como “ojalá se respete”, “quizás ayude” o “será buena sólo si se pone en práctica” fueron las más escuchadas.

Algunos músicos consideraron que el cupo establecido por la ley, de la contratación de al menos un artista local o provincial de música o danza por cada artista no radicado en la provincia, no supone un cambio, ya que por ejemplo en el Festival Nacional Valle del Sol, ese cupo ya se encuentra ampliado.

En cuanto a la cotización artística mínima para las contrataciones realizadas por el estado provincial o municipal, los artistas consultados opinaron que se trata de una remuneración mucho más alta que la que vienen cobrando, ya que la ley establece  para una banda un pago mínimo  de 800  unidades (correspondientes a 1 litro de nafta) lo que  hoy significaría  $1600 000 o $ 1700 000 , cuando una banda está cobrando sus presentaciones alrededor de $600 000. A partir de esta mejora   “habría que ver quién se queda con esos lugares”.

Ante la consulta, algunos artistas consideraron como problemática la cuestión de la elección de a quién se contrata para los eventos dependientes de la municipalidad o la provincia, ya que consideran que “solamente actúan los elegidos a dedo , los que son cercanos al municipio” lo que lleva a que haya músicos y bailarines que se están perdiendo por falta de posibilidades , o que “siempre se perjudica a los mismos y se favorece a los mismos, serviría si la cosa marchara bien para todos”.  La ley no contiene reglamentaciones al respecto de los criterios   a seguir para la selección de artistas.

 El texto completo oficial artículo por artículo de la Ley N.º II-1218-2026 aún no ha sido publicado digitalmente de forma íntegra en el Boletín Oficial por lo que todavía no queda suficientemente explicitado el alcance del concepto “artista popular” y qué géneros quedarían protegidos por la reglamentación.

Los eventos populares que se vienen para la Villa de Merlo permitirán evaluar la efectividad de la ley, que promete proteger un activo tan importante como los artistas populares.

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